16/12/2010
Entrevista realizada a José Manuel Garay,
Presidente de Asimag, en la entrega del Trofeo Internacional a la Formación en
Seguridad
El Galardón fue concedido a Asimag por su trayectoria
profesional, en el evento celebrado el 15 de diciembre, en el Hotel Meliá
Castilla, de Madrid.
¿Qué supone para Asimag recibir este galardón por su larga
trayectoria como consultora de formación en el ámbito de la
Seguridad?
Para Asimag supone un gran reconocimiento a la labor
que venimos realizando desde hace años. Y además, una motivación extra para
seguir trabajando en el campo de la formación en seguridad y poder aportar
nuestro granito de arena a la profesionalización de un sector de máxima
prioridad y relevancia.
El Consejo Técnico Asesor de
Seguritecnia ha destacado entre sus acciones su software de gestión específico
de formación continua, entre otros de sus servicios. ¿Cuáles son las
características de esta solución y sus objetivos?
ALESY – Asimag
Learning System – es una herramienta propia de negocio que permite una
planificación y gestión integral de las distintas soluciones formativas. Está
específicamente diseñado para dar respuesta a todas las necesidades de control
de la formación. Con esta herramienta conseguimos, entre otros objetivos:
-
Agilizar el control administrativo de los contratos programa y demás planes
de formación.
-
Visualizar la situación de los planes de formación en tiempo real.
-
Crear informes, importar y exportar datos desde y hacia otras aplicaciones
internas o de la Administración Pública.
-
Generar automáticamente documentos oficiales requeridos por la
Administración Pública en los distintos planes de formación subvencionados.
-
Confeccionar la justificación económica y certificación del
alumnado.
En lo que respecta al ámbito de la Seguridad, ¿qué objetivos cree
que han de marcarse los centros y demás compañías a la hora de formar a los
profesionales de este sector?
El adecuado planteamiento y
desarrollo de la formación, ha sido y seguirá siendo imprescindible en cualquier
sector de actividad. Máxime, si demanda especialización y tiene tanta
responsabilidad ante la sociedad como es el caso de la seguridad privada.
La formación básica ha de ser integral y especializada.
La formación profesional como motor de desarrollo. Hay que
fomentar una verdadera formación especializada e integrada que esté estructurada
con programas escalables o complementarios. Los programas han de estar
enmarcados dentro de un planteamiento integral y competencial único, organizados
y contrastados de forma que permitan su adecuado desarrollo para la
cualificación profesional, como parte de la formación básica y para la
especialización, como parte de la formación continua.
Adecuar los
programas formativos a las exigencias reales de la demanda. Las propias
empresas de seguridad y los centros de formación, debemos perseguir la
profesionalización del sector a través de la adquisición, por parte de los
diversos perfiles profesionales, de las habilidades y aptitudes que se necesitan
hoy en día.
Cabe destacar que en Asimag se han formado más de 10.000
profesionales de seguridad privada, en los últimos 6 años, teniendo estos
objetivos de partida.
¿Cómo evalúa la formación en Seguridad
Privada que se imparte en España? ¿Cuáles son sus principales virtudes y cuáles
sus carencias?
Debemos entender esta actividad como una
profesión cualificada dentro del ámbito laboral y abordar, como ya se está
demandando, una nueva clasificación laboral a través de la formación
profesional. Las cualificaciones profesionales deben servir para una formación
profesional del trabajador a través de un itinerario formativo.
Algunas
propuestas de mejora:
El
presente y futuro de la formación en seguridad, pasa indefectiblemente por
constituirse en el marco de desarrollo sectorial y profesional para la
prestación de servicios que la sociedad demanda. En este sentido, hay que
considerar la seguridad como un concepto general, como un derecho fundamental y
constitucional de los ciudadanos y, por tanto, de gran importancia.
-
Estándares de calidad de la formación en seguridad: Establecer unos
criterios de calidad mínimos y homogéneos para los centros de formación.
-
Dar mayor prioridad a la formación continua del personal de seguridad:
Adaptar los temarios a las necesidades reales de los profesionales de la
seguridad privada.
-
Regular, definitivamente, la formación continua señalada en el art. 57 del
RSP.
-
Diseñar un itinerario formativo que permita un plan de carrera y la
especialización.
-
Establecer los módulos de formación y capacitación necesarios para
desempeñar aquellas labores que no disponen de una formación y acreditación:
instaladores y mantenimiento de sistemas de seguridad, operadores de centrales
receptoras de alarmas, mandos intermedios etc.
-
Potenciar la formación en nuevas tecnologías que mejore la
competitividad.
-
Potenciar la formación en seguridad contra incendios y prevención de riesgos
laborales como partes integrantes de la seguridad privada.
Desde el punto de vista normativo, ¿cree que sería bueno llevar a
cabo algún cambio para mejorar la situación? ¿En qué aspectos habría de
introducir esas variaciones?
Es necesario un diálogo entre la
Administración, los Agentes Sociales y las Asociaciones Empresariales que aborde
los cambios que la normativa de seguridad requiere. Por ejemplo, modificar el
régimen jurídico del vigilante de seguridad, sin entrar a valorar el carácter de
agente de autoridad, pero sí dotar a esta figura de un régimen de protección
superior al actual.
La normativa de seguridad privada española es una de
las más avanzadas de Europa por lo que significa de ordenación y regulación.
La
profesionalización del personal de seguridad, la garantía de su seguridad o la
reducción del intrusismo son problemas que deben ser abordados y resueltos en
nuestra legislación.
Nuestro ordenamiento jurídico, a partir de la Ley 23/1992,
deja claramente establecido que junto al Estado, como “garante” de la Seguridad,
pueden existir otros “prestadores” de Seguridad, de carácter privado, con
autorización estatal. En la faceta de seguridad preventiva, en consecuencia, no
existe el “monopolio” del ámbito estatal de la seguridad. Añadir que el
compromiso constitucional de protección ciudadana de los Cuerpos Policiales
incluye la coordinación responsable de los medios de la seguridad privada. El
carácter esencial de la citada Ley 23/1992 es que se configuró primordialmente
como una norma “de control”. Para una mejor coordinación entre ambos sectores es
necesario un cambio de mentalidad desarrollando la normativa de “colaboración y
coparticipación”. Pasar de la seguridad privada sólo “subordinada” a la también
“complementaria” de la pública como dice la Ley de Seguridad Privada en el
artículo 1.1 y el 4.2 de la Ley Orgánica 2/86 de Cuerpos y Fuerzas de
Seguridad.
Fuente: http://www.asimag.es/noticias/entrevista-a-manuel-garay-presidente-de-asimag-en-la-entrega-del-trofeo-internacional-a-la-formacion-en-seguridad.html